La Tabacalera Sarandí fue eximida el pago de los impuestos que debieran pagar para financiar campañas en pos de desalentar el consumo de cigarrillos.
El juez Enrique Lavié Pico, con su fallo, permite que el 30% dela industrial del rubro tampoco pague el impuesto interno mínimo, afectando así a productores tabacaleros y, consecuentemente, los Estados provinciales y nacional en cuanto a su recaudación.
Un cálculo estimado arroja que las pérdidas podrían ascender a 1.650 millones de dólares en los últimos siete años.
En su disposición, el juez Lavié Pico se pronunció a favor de la inconstitucionalidad del impuesto interno mínimo que rige para la venta de cigarrillos; además, se opuso al fallo de la Corte Suprema de Justicia – emitido en mayo de 2021 – que declaraba la inconstitucionalidad de las medidas cautelares impulsadas por las tabacaleras para no pagar dicho tributo.
Cabe destacar que este pago mínimo es de $151 por paquete de cigarrillos y la decisión del juez impulsaría una baja en los precios del producto, aumentando así el consumo.
No es dato menor que la quita de este impuesto afectará las arcas estatales; y es que, en primera instancia ese impuesto sostiene el Fondo Especial del Tabaco.